#ProblemasConUnaOVISE ©®| Una persona fue condenada. ¿La prueba? Entre otros elementos, varios Partes de OVISE. El tribunal los valoró como si describieran hechos plenamente acreditados. Pero surge una pregunta incómoda: ¿qué ocurrió realmente y qué fue simplemente lo que el policía observó, interpretó o escuchó? ¿Una percepción puede convertirse, por sí sola, en prueba de un delito?
Hablemos claro. ¿Qué prueba realmente un Parte de OVISE? ¿Hechos? ¿Percepciones? ¿Rumores? ¿Sospechas? ¿Acredita con certeza quién dijo qué, cuándo, dónde y cómo? ¿Puede un documento interno de la PNP reemplazar la prueba que debe actuarse y ser sometida a contradicción? Un parte puede orientar una investigación. Puede registrar información. Puede generar una línea de trabajo. Pero orientar una investigación no es lo mismo que probar un hecho.
El razonamiento probatorio exige algo más: distinguir lo que el policía «vio», de lo que «interpretó»; lo que «conoció directamente», de lo que «le contaron»; y lo que es un «hecho», de lo que apenas constituye una «sospecha». ¿Estamos condenando por hechos probados o por conclusiones escritas en un documento? ¿Dónde está la fuente? ¿Dónde está la corroboración? ¿Dónde está la prueba? De esto y mucho más hablaremos en la sesión: «Hablando de presuntas organizaciones criminales: ¿Qué prueba realmente un Parte de OVISE? ¿Hechos, percepciones o sospechas?».
Los espero.
Omar CHAYÑA
Abogado defensor en materia penal y disciplinaria | Especialista en Investigación Criminal (PNP), Inteligencia Policial (PNP) y Prueba Pericial (España) | Estudios en Investigación Delictiva (Texas, EE. UU.) y Criminalística (PNP) | Bachiller en Educación (UAP) | Técnico en Informática (ISTPN) | CEO de Derecho de Policía | S1 PNP (R)
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