Nulidad de una sanción disciplinaria


#DefensaDisciplinaria | Cuando la sanción es injusta, la defensa no se debe rendir

Nuestra patrocinada, una suboficial de la PNP, fue sometida a un procedimiento administrativo disciplinario. Ejercimos su defensa desde la etapa de instrucción: presentamos descargos y ofrecimos pruebas; sin embargo, nuestros argumentos y elementos probatorios no fueron debidamente valorados y se impuso una sanción disciplinaria que consideramos injusta. Apelamos, pero la sanción fue confirmada.

Ante la afectación de sus derechos, demandamos al Estado —Ministerio del Interior y Policía Nacional del Perú— mediante un proceso contencioso-administrativo. Obtuvimos una sentencia favorable. La Procuraduría del MININTER apeló y asumimos nuevamente la defensa en segunda instancia. El resultado: la sentencia que reconoció nuestros argumentos fue confirmada. Hoy, nuestra patrocinada continúa trabajando con tranquilidad. Este caso nos recuerda que la defensa disciplinaria exige preparación, perseverancia y, sobre todo, confiar en la fuerza de la prueba y en la verdad.

Nos reservamos el derecho de ejercer las acciones que correspondan frente a las responsabilidades que pudieran derivarse de una actuación disciplinaria policial contraria al ordenamiento jurídico. Porque la justicia disciplinaria debe ser racional, objetiva y respetuosa del debido procedimiento.

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Omar CHAYÑA
Abogado defensor en materia penal y disciplinaria | Especialista en Investigación Criminal (PNP), Inteligencia Policial (PNP) y Prueba Pericial (España) | Estudios en Investigación Delictiva (Texas, EE. UU.) y Criminalística (PNP) | Bachiller en Educación (UAP) | Técnico en Informática (ISTPN) | CEO de Derecho de Policía | S1 PNP (R)

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