#AccidenteDeTránsito | Responsabilidad, emoción pública y verdad científica
La primera historia es incómoda porque rompe prejuicios. Un conductor avanza a velocidad permitida, con su vehículo en regla y plena capacidad de reacción. De pronto, un peatón cruza intempestivamente la vía, fuera del paso peatonal y sin advertencia alguna. El impacto es inevitable. Hay un fallecido. La escena es dura, la presión social es inmediata y la tentación de señalar al conductor como culpable es casi automática. Sin embargo, el análisis técnico —trayectorias, huellas de frenado, campo visual, tiempos de reacción— demuestra que el accidente fue causado por la imprudencia de la propia víctima. No todo resultado trágico es delito; no toda muerte genera responsabilidad penal.
La segunda historia es distinta y no admite atajos. Un conductor sale de una reunión social después de consumir alcohol. Cree que "controla" el vehículo, pero en realidad sus reflejos están disminuidos y su percepción del riesgo alterada. Excede la velocidad, invade el carril contrario y embiste a otro automóvil. Aquí no hay azar ni fatalidad: hay una decisión previa y consciente de conducir en estado de ebriedad. La pericia lo confirma: dosaje etílico positivo, patrón de conducción errático, ausencia de maniobras evasivas eficaces. En este caso, la responsabilidad penal no se presume: se prueba.
Estas dos historias nos dejan una lección central aplicable a la accidentología, al Derecho Penal, al Derecho Administrativo Sancionador, al Derecho Disciplinario y a otras áreas afines: los accidentes de tránsito no se juzgan con emociones, sino con evidencia. La verdad no se construye a partir del clamor público ni de la primera versión policial, sino desde la prueba pericial correctamente obtenida, analizada y valorada, y desde un razonamiento probatorio riguroso y crítico.
Determinar quién es responsable —y quién no lo es— exige método, ciencia y objetividad. No toda tragedia genera delito; no todo resultado dañoso implica responsabilidad. En un mismo hecho pueden coexistir, o descartarse, distintas formas de responsabilidad: civil, penal, administrativa (papeleta por infracción al Reglamento Nacional de Tránsito) y, cuando el investigado es efectivo policial, administrativa disciplinaria, entre otros.
De eso trata esta sesión: de aprender a distinguir con claridad entre la tragedia inevitable y el delito evitable; de identificar cuándo existe responsabilidad y cuándo no; y de comprender que una investigación mal realizada también puede generar consecuencias jurídicas, como responsabilidad por negligencia en la investigación, denuncia calumniosa, falsedad u otros ilícitos. La diferencia la marca la prueba, no la intuición.
El ingreso es libre y gratuito, como siempre, en Udeapolis. A través del aula virtual del alumno se compartirán manuales de criminalística vial, jurisprudencia relevante en materia de accidentes de tránsito y la normativa vigente al 29 de diciembre de 2025, entre otros materiales de estudio.
Omar CHAYÑA
Abogado defensor en litigios penales, disciplinarios y vinculados a la ciencia policial. Formación en prueba pericial en la Universidad de Girona (España). Especialista en investigación criminal e inteligencia policial, con estudios en investigación (CBP, Texas, EE. UU.). Especialista en CANTRA PNP, estudios y experiencia en investigación criminal vial. S1 PNP ®. CEO de Derecho de Policía.
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