Responsabilidad disciplinaria y civil del juez disciplinario
Estimados amigos:
Más que una respuesta recibo una recomendación: «Confórmate con la nulidad».
Ello permite inferir que «un acto administrativo nulo acarrea responsabilidad del emisor ante la advertencia de alguna vulneración al principio de legalidad, debido procedimiento, entre otros (ilegalidad manifiesta)».
En esa línea, dicho art. permite inferir que es posible «una indemnización para el administrado» siempre que concurran dos requisitos: i) ilegalidad manifiesta y ii) existencia de daño (valoración económica del daño emergente, lucro cesante y daño moral).
Similar a los actos administrativos revocados que también son indemnizables (art. 216 de la referida norma).
El contexto del presente son las sanciones administrativas disciplinarias arbitrarias debidamente comprobadas.
Saludos,
Omar CHAYÑA
Contacto:
oachayna@gmail.com
(+51) 942730620




#PAD #PAS #sancióndisciplinaria #procedimientoadministrativo #PNP #derechodisciplinario #Inspectoría #OficinadeDisciplina #indemnización #actonulo #nulidad #revocatoria #policía #daño #derechoadministrativo #arbitrario #ilegalidadmanifiesta #repetición #responsabilidadfuncional #TribunaldeDisciplinaPolicial #dañosyperjuicios
oachayna@gmail.com
(+51) 942730620




#PAD #PAS #sancióndisciplinaria #procedimientoadministrativo #PNP #derechodisciplinario #Inspectoría #OficinadeDisciplina #indemnización #actonulo #nulidad #revocatoria #policía #daño #derechoadministrativo #arbitrario #ilegalidadmanifiesta #repetición #responsabilidadfuncional #TribunaldeDisciplinaPolicial #dañosyperjuicios
Comentarios
Publicar un comentario